lunes, 26 de enero de 2009

David Fincher [es o se hace?] y su curiosa película sobre Benjamin Button

David Fincher se ha ido abriendo camino como uno de los directores cinematográficos de más calidad y mayor cotizados en nuestros días. Sin embargo, como en la mayoría de los autores, músicos, pintores, directores, etc, etc. hay aspectos de su trabajo que destacan más que otros. Si bien David Fincher ha dirigido películas muy muy buenas, también lo es que no todo lo que ha hecho ha sido enteramente acertado. De tal manera que en su haber tiene películas muy buenas, películas buenas o regulares y películas regulares tirándole a malas. [Lo mismo pasa con los videos que ha dirigido. Los más destacados son los que ha hecho de Madonna, Aerosmith, The Rolling Stones y a mi me han gustado mucho los que hizo sobre A Perfect Circle y Nine Inch Nails, pero no todos son chidos]

Lo que ocurre con "The Curious Case of Benjamin Button" es, desde mi punto de vista, el siguiente: La película es buena, en términos generales y con reserva de algunas cosas. La historia es interesante y tiene buenos diálogos. El simbolismo que engloba a toda la trama es también bueno y las imágenes, el vestuario y las locaciones son acertadas, de tal manera que el filme conserva una armonía notoria. La música con la que David Fincher decide acompañar la historia es bien correspondida por la trama misma, de tal forma que imágen y sonido logran complementarse. Las actuaciones de Brad Pitt y Cate Blanchett son buenas, pero (aquí viene mi primer "pero") ninguno de los dos creo que haya desarrollado un papel envolvente. A los dos los he visto en actuaciones mucho mejores y más aún a Brad Pitt, quien ya ha trabajado con David Fincher en otras cintas y que ha hecho papeles mucho mejores.

Ahora, también es importante destacar que la película es bastante larga. Hay momentos demasiado lineales que hacen la trama cansada. Muchas escenas (valiosos minutos de filmación) son desperdiciados para alumbrar historias secundarias, como la de la anciana (Diasy) casi a punto de morir, o como la de la mujer de la que se enamora Benjamin Button en el hotel y otras similares. La trama es buena, pero se me hace raro que David Fincher no haya podido (o querido) explotarla aún más. En algunos momentos, ciertamente emotivos, los personajes se muestran en la pantalla casi carentes de expresividad lo que le quita al momento lo que en realidad es. También hay partes y escenas totalmente predecibles y situaciones previsibles, aunque eso creo que lo hace el director a propósito.

Aunque no conozco enteramente el trabajo de David Fincher, en las películas que ha dirigido y que yo he visto, en ocasiones mete en la trama un giro casi inesperado. Yo estuve esperando ese giro en esta película y eso no ocurrió. Por supuesto (como ya lo dije) no todo es malo. Hay instantes que David Fincher crea y reacrea de una forma casi genial!: Escenas en el mar y nevando, escenas de guerra, escenas de los años 20, 30 y 40's con un cuidado verdaderamente minucioso de todos los detalles.

En fin, si pudiera explicar "The Curious Case of Benjamin Button" (pues creo tener pensamientos encontrados al respecto) diría: (Mi opinión) En términos generales es una buena cinta, pero tiene el elemento de la duración en su contra y tratándose de una historia completamente lineal, el uso excesivo de tiempo pesa mucho. Las actuaciones y los demás detalles (música, locaciones, fotografía, diálogos, actuaciones y guión) en general son buenos, pero no son nada extraordinario, ni tampoco excelente. En fin, yo esperaba más de esta cinta y (ayer) que fui a verla iba con muchas ganas de sumergirme en la historia y de salir del cine con esa sensación que pocas películas logran que sintamos, en vez de eso salí adolorido de las nalgas de tanto tiempo de estar sentado, sin satisfacción y diciendo "emm.. aguanta..." y ya.

Definitivamente que del trabajo que he visto de David Fincher me quedo con "The Fight Club", esa sí es una cinta verdaderamente genial (en todos los aspectos), quizá la mejor de su carrera. Por cierto, los directores (supongo que a raíz de "Babel" dirigida por Iñarritu) ya se dieron cuenta de que Pitt y Blanchett hacen 'click' juntos. Seguramente los veremos en filmes posteriores.

Así es esto. Aqui les dejo el 'trailer' de "The Curious Case of Benjamin Button" (con subtítulos)



Y un regalo que no podía dejar pasar. El 'trailer' del que para mí es el mejor filme de Davi Fincher: "The Fight Club" Excelente!!!



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viernes, 23 de enero de 2009

Término para contestar demanda a un juicio mercantil ejecutivo: ¿cinco u ocho días?

Como todos sabemos (je!) el término que se daba al demandado para contestar una demanda mercantil ejecutiva era de 5 (cinco) días [hasta antes de las reformas al Código de Comercio publicadas en Julio de 2008]. El texto de los artículos 1396 y 1399 (no reformados) versaba de la siguiente manera:

Artículo 1396.- Hecho el embargo, acto continuo se notificará al deudor, o a la persona con quien se haya practicado la diligencia para que dentro del término de cinco días comparezca el deudor ante el Juzgado a hacer paga llana de la cantidad demandada y las costas, o a oponer la excepciones que tuviere para ello.
Artículo 1399.- Dentro de los cinco días siguientes al requerimiento de pago, al embargo, en su caso, y al emplazamiento, el demandado deberá contestar la demanda [...]

Se trataba, pues, de un lapso de 5 días (en términos del artículo 1075 del propio Código) que se daba al pasivo para dar contesatación a la demanda interpuesta en su contra. Sin embargo, el Código de Comercio se reformó recientemente (Julio de 2008) y ahora, desde el punto de vista del legislador, es preciso otorgar al demandado un término de ocho días para dar contestación a la demanda (Al parecer cinco no le son suficientes). El texto del artículo 1396 quedó de la siguiente manera:

"Hecho el embargo, acto continuo se notificará al deudor, o a la persona con quien se haya practicado la diligencia para que dentro del término de ocho días, el que se computará en términos del artículo 1075 de este Código, comparezca el deudor ante el Juzgado a hacer paga llana de la cantidad demandada y las costas, o a oponer las excepciones que tuviere para ello"

[Antes de seguir, un par de cuestionamientos al respecto: 1. Quién le dijo al legislador (que creo que es de la bancada Panista y que seguramente nunca ha litigado), que el demandado necesita más de cinco días hábiles para contestar una demanda mercantil ejecutiva? Eso sólo retrasa los procedimientos y no sirve más que para crear estrategias para evitar ser vencido en juicio o 'esacparse' del pago de las obligaciones contraídas. 2. Por qué ocho? Por qué ocho días? No entiendo si ese número específico de días tiene más simbolismo que el cinco. Por qué no 6, por ejemplo? o 7? Vaya, si queremos hacer una reforma integral, entonces analiza la ley supletoria (en que este caso es el Código Federal de Procedimientos Civiles) y allí verás que el término para contestar una demanda civil es de 9 días. Pero en esta reforma, por qué elegir ocho días? Yo leí la exposición de motivos de la reforma y no había explicación alguna de por qué se cambiaba a este lapso de días. Esa fue una desición arbitraria. 3. Qué le hace pensar al legislador que, modificado el término para contestar la demanda, puede dejar sin reformar el término que se le da al actor para "Desahogar la Vista" respecto de la contestación (cuyo término es de sólo 3 días hábiles). Por supuesto que no hay un estado de indefensión, pero sí creo que existe una desigualdad procesal. Considero que los términos para ambas partes deberían ser un poco más equivalentes. Esa fórmula del 5 / 3 se me hacía aceptable; la del 8 / 3 se me hace dispareja.

Pero bueno, la daga ya está hecha. Ya se aplican las reformas y uno tiene que adaptarse a ellas, total.]

Hasta no hace mucho, el legislador tuvo, además de una reforma innecesaria e inútil en ese aspecto, otro error. Dejó intacto el texto del artículo 1399 (que hacía mención a que el término para dar contestación a la demanda era de 5 días) Así pues, después de las reformas publicadas en Julio de 2008, teníamos en nuestro Código de Comercio un artículo [1396] que nos decía que el término era de 8 días, y otro [1399] que nos decía que el término era de 5 días. Ambos vigentes, uno enseguidita del otro, descaradamente contradictorios. ¿¿A cuál le hacemos caso?? Como dato, en los juzgados mercantiles de Colima siempre se aplicó el término de ocho días aunque el propio Código autorizaba que se pudiera dar el de cinco.

Anyway, afortunadamente, alguien le dijo al legislador:
- "Oye, tu que, haces reformas con las patas o qué? Crees que con eso justificas el sueldo que tienes? Sólo porque decidiste darle ocho días al demandado en vez de cinco (para contestar una demanda), y aparte de todo, dejaste una aberrante contradicción entre dos artículos del mismo Código y no fuiste ni siquiera bueno para modificar el término para del desahogo de vista, o para procurar reformas que importen una prosecución más pronta y justa de los procedimientos judiciales en México?" [Así le dijo eh, yo no sé...] "Aunque sea trata de arreglar un poquito las cosas. Ve y presenta una propuesta para reformar ahora el artículo 1399 expresando en tu expisición de motivos que pues la regaste, (por no decir cagaste), que no te diste cuenta de que tres artículos más adelante incurrirías en una contradicción, que ni siquiera revisaste todos los artículos del Procedimiento Mercantil Ejecutivo como para proponer una reforma integral, completa, que abarcara todos los aspectos del procedimiento judicial..."
- "Pos ya qué, verdad?" Dijo el legislador.

Y en diciembre de 2008, voilá!! Vino la reforma al artículo 1399. Ahora ya por lo menos los dos dicen los mismo, están de acuerdo, ya no hay contradicción, se entiende, no hay cabida para las malinterpretaciones, todo resuleto... Pero qué joda!! Sigue siendo irracional que el término para la contestación de las demandas mercantiles ejecutivas se haya modificado sin ninguna razón válida ni motivo aparente. Una reforma innecesaria que hace las cosas menos funcionales en la práctica. Bien pensado legisladores! Así hasta yo...

viernes, 16 de enero de 2009

Concrete Purpose

[ Only because I hate to feel this way, because it hurts me every time I consume those cylinders, and makes me cough and feel bitterness and confuses me with its sensations and diseases. Only because I believe I need a rest, a fuckin' pause, a moment to undergo detoxification. Just because I feel sick and tired of this shit, and that already cut my throat with its imaginary knife. And I know this is something I can do. Just because of that, today I decide to leave it, to resign a moment, to asphyxiate it, to drown it, to kill it... I retired myself from the smoke. Concretly until the day of my birthday. Later we'll see what happens. ]

Blog de Magma

Ahora sí ya!!! Con nuestro nuevo método de organización, tenemos la firme intención de actualizarlo cada semana y tenerlo bien al tiro!! (Será una especie de propósito para este año). Así que, visiten el Blog Oficial de Magma: Metal en Flujo [el único programa colimense de Metal que se transmite todos los Miércoles a las 6 de la tarde por 'Universo' 94.9 FM] -

El Blog está actualizado y mejorado, así que date una vueltecilla. Ingresa dando click aquí

Saludos
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domingo, 11 de enero de 2009

Y todo naufragó...

[...]
"Me despierto en el alba
soñando no sé qué
Desayuno con lluvia
y te recuerdo en el café

Soñé tu figura lejos,
esperando en los suburbios del olvido
Y me vi solo, zarpando en barcos de oro
que llené con regalos para ti
Y luego vi que por celos
el mar de mis tormentos se tragaba el barco, y aquel loco que era yo,
y todo naufragó..."

Robi Draco Rosa

lunes, 5 de enero de 2009

Beach | Strand | Plage | Playa







Decidí empezar el año con un pequeño viaje a la playa. Acampé junto con mi hermano y mi cuñada durante 3 días, 2 noches y 1,000 pensamientos nocturnos cubiertos de cientos de estrellas. A pesar de que el viaje no fue del todo agradable (por cuestiones personales) hubo sus momentos buenos y tuve la oportunidad de tomar algunas cuantas fotos que quiero compartir en este espacio [Tengo alma de fotógrafo aficionado]