Mostrando entradas con la etiqueta reformas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta reformas. Mostrar todas las entradas

martes, 5 de mayo de 2009

"El cambio es la única cosa inmutable..."

[Arthur Schopenhauer]

Ahora lo empiezo más ver más como una ventaja que desventaja, y aunque no fuese así, total.. El cambio ya está hecho. Yo no trabajo en el poder ejecutivo, legislativo ni judicial, ni en ninguna empresa privada o institución por la que haya sido contratado y cuyas oficinas, muebles, ubicación (e infinito etcétera) fuera decisión de otra persona (ese al que todos llaman "El Jefe"). Yo soy mi propio jefe y mi propio empleado, y lo mucho o lo poco que en "mi oficina" se ha (des)hecho ha sido por decisión propia. Luego entonces, cambiarme de domicilio legal, no fue una decisión tomada a la ligera. Incluso aquí, sí, en este Estado tan pequeño, no es cosa fácil. Pierdes el contacto con el entorno de tu anterior oficina para empezar apenas a comprender el entorno de la nueva, para después entrar en contacto con ese torno y quizá, en un futuro, ser parte de ese entorno. En mi antiguo despacho tenía muchas cosas "resueltas" en mi entorno.. Ahora tengo que empezar a ver qué tipo de rol se juega acá. Y es interesante.

Una de las razones por las que me cambié al nuevo Despacho, quizá la de más peso o la más importante, fue que en el antiguo me sentía... no insatisfecho, pero ya no del todo agusto, sobre todo porque la ausencia de mis compañeros (asociados al mismo) era cada vez más notoria, y en ocasiones, parecía que estaba solo en ese barco, o que sólo yo tenía que estar al frente de todo o en el timón. Me daba risa (por absurdo) que en ocasiones pasaba días enteros sin ver a mis propios compañeros, y empecé a sentir que lo que iniciamos con muchos anhelos y pocos recursos cada vez empezaba a ser menos importante para ellos. Sin embargo, existía también la posibilidad de que ellos estuvieran ad-hoc a las circunstancias y yo estuviera dando más importancia de lo normal a la oficina, y entonces sí, mi apreciación sería incorrecta. Así que durante un tiempo conviví con diversos amigos, conocidos, colegas socios otros Despachos y me di cuenta de que en casi todos había un nivel más o menos equitativo de importancia compartida para su oficina. En una de esas pláticas un amigo me dijo "Vente a mi Despacho, acá hay lugar..." Y me la pensé varios días. [ Las crisis son oportunidades de cambio ] Un día simplemente decidí que quería cambiarme y hablé con mis compañeros y les dije: "Me quiero cambiar con fulanito (así se llama de verdad) por esto, esto y esto" (expuse ventajas de costo, ubicación, entorno, distribución de espacios, posibles avances laborales, etc... - Omití mencionar todo sobre las anteriores percepciones y guardé también, para mí, algunas ventajas personales sobre el posible cambio.) Y después dije: "Hay espacio para todos, si se quieren venir conmigo, es su decisión.." Y sí quisieron!!!. Entonces el cambio fue de todos los que ya estábamos en la oficina, nadie sale, nadie entra. Es sólo un cambio de domicilio. Se dice fácil, jeje. Nos tomó un par de meses desde que tomamos la decisión a cambiarnos realmente. Entre que sí, que no, que aguanta, que no puedo, que no estaré por varios días, que la chamba, que los términos,judiciales, que las broncas con los clientes, que los fines de semana perdidos, que el pago de nosequé, que a chuchita la bolsearon (y hay que ir al MP a asistirla.. jeje), que la influeza (esa todavía no existía.. que tiempos aquellos!!), que tu quedaste de hablarme, que yo te hablé y no contestabas, ah es que se acabó la pila, y que bla bla bla y que todo ese rollo que ya saben. Me puse un término para el cambio: el puente de la PANdemia y sobres!!

Día 1: a bajar libros, sacudirlos, encajar (poner en cajas..) expedientes, guardar artículos de oficina, quitar esto, poner aquello. Mover, tirar, guardar, cambiar, deshechar, organizar, empaquetar, decidir reciclar, desconectar, limpiar, encontrar, descubrir, hojear, subir y trasladar... (leve). Día 2: 4 escritorios, 2 libreros, 2 archiveros, 2 mesitas raras, 2 computadoras de escritorio, más un sinfín de artículos diversos (que yo no sé de donde salieron tantos pero allí estaban).. A moverlo todo (heavy). Día 3: Acomodar, poner, organizar todo lo que se movió los días 1 y 2. Todo un desmadre. Pero bueno. Ya está todo listo. Ahora me doy cuenta de lo pesado que es cambiar cosas, de lo cansado.. Bajarlas de un segundo piso, para subirlas a otro segundo piso, es agotador de verdad. Me lastimé la espalda (ya de por sí lastimada) por cargar cosas pesadas inapropiadamente. Pero, ahora que lo pienso, ¿qué no es más pesado enfrentar el cambio individual? Ese que se produce en el interior de cada quien.. El que nos hace sentir nostalgia por lo que (bien o mal) ya teníamos, o el que nos produce incertidumbre de no saber qué es exactamente lo que vendrá y cómo vendrá.. El que nos hace dudar si tomamos la decisión correcta o no; si el cambio (de domicilio) en verdad traerá cambios significativos en otros aspectos... No queda mucho que darle vueltas al asunto. Se trata sólo de esperar a que las cosas vayan pasando y se vayan presentando en el futuro y, quizá, como muchos me lo han dicho, seguramente me daré cuenta de que el cambio era para bien!

Aunado al cambio de Despacho llegaron también otros sentimientos, el (des)conocimiento de personas y las actitudes de algunos que me decepcionaron y de otros que no hicieron absolutamente nada por ocuparse (mínimo) de lo que les tocaba. Pero bueno, bien me lo dijo **** no esperes nada de nadie, así no saldrás decepcionado de las personas. Total, ya estamos todos grandes, ya todos sabemos lo que tenemos y/o queremos y/o debemos y/o podemos hacer y creo que al final de cuentas, aunque somos un equipo de trabajo, hay decisiones individuales que los demás miembros del equipo debemos aprender a respetar. Cada quien se involucra en su chamba tanto como desea hacerlo. Yo empiezo una pequeña "etapa" nueva, porque estaré en una nueva oficina, con nuevas reglas, en un nuevo rol, en un nuevo entorno, con nuevos elementos, con nuevas opciones!! A trabajar se ha dicho!! Yeaahh!

viernes, 23 de enero de 2009

Término para contestar demanda a un juicio mercantil ejecutivo: ¿cinco u ocho días?

Como todos sabemos (je!) el término que se daba al demandado para contestar una demanda mercantil ejecutiva era de 5 (cinco) días [hasta antes de las reformas al Código de Comercio publicadas en Julio de 2008]. El texto de los artículos 1396 y 1399 (no reformados) versaba de la siguiente manera:

Artículo 1396.- Hecho el embargo, acto continuo se notificará al deudor, o a la persona con quien se haya practicado la diligencia para que dentro del término de cinco días comparezca el deudor ante el Juzgado a hacer paga llana de la cantidad demandada y las costas, o a oponer la excepciones que tuviere para ello.
Artículo 1399.- Dentro de los cinco días siguientes al requerimiento de pago, al embargo, en su caso, y al emplazamiento, el demandado deberá contestar la demanda [...]

Se trataba, pues, de un lapso de 5 días (en términos del artículo 1075 del propio Código) que se daba al pasivo para dar contesatación a la demanda interpuesta en su contra. Sin embargo, el Código de Comercio se reformó recientemente (Julio de 2008) y ahora, desde el punto de vista del legislador, es preciso otorgar al demandado un término de ocho días para dar contestación a la demanda (Al parecer cinco no le son suficientes). El texto del artículo 1396 quedó de la siguiente manera:

"Hecho el embargo, acto continuo se notificará al deudor, o a la persona con quien se haya practicado la diligencia para que dentro del término de ocho días, el que se computará en términos del artículo 1075 de este Código, comparezca el deudor ante el Juzgado a hacer paga llana de la cantidad demandada y las costas, o a oponer las excepciones que tuviere para ello"

[Antes de seguir, un par de cuestionamientos al respecto: 1. Quién le dijo al legislador (que creo que es de la bancada Panista y que seguramente nunca ha litigado), que el demandado necesita más de cinco días hábiles para contestar una demanda mercantil ejecutiva? Eso sólo retrasa los procedimientos y no sirve más que para crear estrategias para evitar ser vencido en juicio o 'esacparse' del pago de las obligaciones contraídas. 2. Por qué ocho? Por qué ocho días? No entiendo si ese número específico de días tiene más simbolismo que el cinco. Por qué no 6, por ejemplo? o 7? Vaya, si queremos hacer una reforma integral, entonces analiza la ley supletoria (en que este caso es el Código Federal de Procedimientos Civiles) y allí verás que el término para contestar una demanda civil es de 9 días. Pero en esta reforma, por qué elegir ocho días? Yo leí la exposición de motivos de la reforma y no había explicación alguna de por qué se cambiaba a este lapso de días. Esa fue una desición arbitraria. 3. Qué le hace pensar al legislador que, modificado el término para contestar la demanda, puede dejar sin reformar el término que se le da al actor para "Desahogar la Vista" respecto de la contestación (cuyo término es de sólo 3 días hábiles). Por supuesto que no hay un estado de indefensión, pero sí creo que existe una desigualdad procesal. Considero que los términos para ambas partes deberían ser un poco más equivalentes. Esa fórmula del 5 / 3 se me hacía aceptable; la del 8 / 3 se me hace dispareja.

Pero bueno, la daga ya está hecha. Ya se aplican las reformas y uno tiene que adaptarse a ellas, total.]

Hasta no hace mucho, el legislador tuvo, además de una reforma innecesaria e inútil en ese aspecto, otro error. Dejó intacto el texto del artículo 1399 (que hacía mención a que el término para dar contestación a la demanda era de 5 días) Así pues, después de las reformas publicadas en Julio de 2008, teníamos en nuestro Código de Comercio un artículo [1396] que nos decía que el término era de 8 días, y otro [1399] que nos decía que el término era de 5 días. Ambos vigentes, uno enseguidita del otro, descaradamente contradictorios. ¿¿A cuál le hacemos caso?? Como dato, en los juzgados mercantiles de Colima siempre se aplicó el término de ocho días aunque el propio Código autorizaba que se pudiera dar el de cinco.

Anyway, afortunadamente, alguien le dijo al legislador:
- "Oye, tu que, haces reformas con las patas o qué? Crees que con eso justificas el sueldo que tienes? Sólo porque decidiste darle ocho días al demandado en vez de cinco (para contestar una demanda), y aparte de todo, dejaste una aberrante contradicción entre dos artículos del mismo Código y no fuiste ni siquiera bueno para modificar el término para del desahogo de vista, o para procurar reformas que importen una prosecución más pronta y justa de los procedimientos judiciales en México?" [Así le dijo eh, yo no sé...] "Aunque sea trata de arreglar un poquito las cosas. Ve y presenta una propuesta para reformar ahora el artículo 1399 expresando en tu expisición de motivos que pues la regaste, (por no decir cagaste), que no te diste cuenta de que tres artículos más adelante incurrirías en una contradicción, que ni siquiera revisaste todos los artículos del Procedimiento Mercantil Ejecutivo como para proponer una reforma integral, completa, que abarcara todos los aspectos del procedimiento judicial..."
- "Pos ya qué, verdad?" Dijo el legislador.

Y en diciembre de 2008, voilá!! Vino la reforma al artículo 1399. Ahora ya por lo menos los dos dicen los mismo, están de acuerdo, ya no hay contradicción, se entiende, no hay cabida para las malinterpretaciones, todo resuleto... Pero qué joda!! Sigue siendo irracional que el término para la contestación de las demandas mercantiles ejecutivas se haya modificado sin ninguna razón válida ni motivo aparente. Una reforma innecesaria que hace las cosas menos funcionales en la práctica. Bien pensado legisladores! Así hasta yo...